Curso Online de Distribuidor de Seguros Nivel 1
Recientemente se ha publicado la nueva actualización de las indemnizaciones por accidentes de tráfico para el año 2024, emitida por la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones y, en nuestra sociedad, donde la seguridad vial y la protección de los ciudadanos son de vital importancia, esta resolución requiere una comprensión adecuada. Esta nueva regulación es la Resolución de 18 de enero de 2024, de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, por la que se publican las cuantías de las indemnizaciones actualizadas del sistema para valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación.
Por ello, desde la Escuela de Seguros Campus Asegurador, detallaremos en este artículo las implicaciones de esta actualización y su relevancia para los afectados por accidentes de tráfico y los profesionales del sector asegurador.
Tabla de Contenidos
Marco Legal y Actualización Automática
El artículo 49.1 del texto refundido de la Ley sobre Responsabilidad Civil y Seguro en la Circulación de Vehículos a Motor establece que las cuantías indemnizatorias por accidentes de tráfico se actualizan automáticamente cada año, en función del índice de revalorización de las pensiones previsto en la Ley de Presupuestos Generales del Estado.
Impacto del Real Decreto-ley 8/2023
El Real Decreto-ley 8/2023, que aborda medidas económicas y sociales, establece un aumento del 3,8% en las pensiones abonadas por la Seguridad Social y en las pensiones ordinarias y extraordinarias del Régimen Especial de Clases Pasivas del Estado para el año 2024. Esta medida tiene un impacto directo en la actualización de las indemnizaciones por accidentes de tráfico.
Publicación de las Nuevas Cuantías
La Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones ha hecho públicas las nuevas cuantías indemnizatorias vigentes para el año 2024 en su sitio web oficial. Esta acción tiene como objetivo facilitar el conocimiento y la aplicación de las tarifas actualizadas por parte de los ciudadanos y los profesionales del sector.
A continuación, podemos ver varias tablas donde se pueden observar las modificaciones de las cuantías:
| INDEMNIZACIONES POR CAUSA DE MUERTE TABLA PERJUICIO PERSONAL BÁSICO | |
| Categoría 1. El Cónyuge viudo | |
| Hasta 15 años de convivencia, si la víctima tenía hasta 67 años | 111.193,73 € |
| Hasta 15 años de convivencia, si la víctima tenía desde 67 hasta 80 años | 86.484,01 € |
| Hasta 15 años de convivencia, si la víctima tenía más de 80 años | 61.774,29 € |
| Por cada año adicional de convivencia o fracción con independencia de la edad de la víctima. | 1.235,49 € |
| Categoría 2. Los Ascendientes | |
| A cada progenitor, si el hijo fallecido tenía hasta 30 años | 86.484,01 € |
| A cada progenitor, si el hijo fallecido tenía más de 30 años | 49.419,44 € |
| A cada abuelo, sólo en caso de premoriencia del progenitor de su rama familiar | 24.709,72 € |
| Categoría 3. Los Descendientes | |
| A cada hijo que tenga hasta 14 años | 111.193,73 € |
| A cada hijo que tenga desde 14 hasta 20 años | 98.838,87 € |
| A cada hijo que tenga desde 20 hasta 30 años | 61.774,29 € |
| A cada hijo que tenga más de 30 años | 24.709,72 € |
| A cada nieto, sólo en caso de premoriencia del progenitor hijo del abuelo fallecido | 18.532,29 € |
| Categoría 4. Los Hermanos | |
| A cada hermano que tenga hasta 30 años. | 24.709,72 € |
| A cada hermano que tenga más de 30 años. | 18.532,29 € |
| Categoría 5. Los Allegados | |
| A cada allegado | 12.354,86 € |
Tabla 1.A
| INDEMNIZACIONES POR CAUSA DE MUERTE PERJUICIO PERSONAL PARTICULAR | |
| PERJUICIOS PARTICULARES | Incrementos sobre perjuicio personal básico |
| 1. Discapacidad física o psíquica del perjudicado previa o a resultas del accidente. | Del 25% al 75% |
| 2. Convivencia del perjudicado con la víctima. | |
| A cada progenitor, si el hijo fallecido tenía más de 30 años. | 37.064,58 € |
| A cada abuelo, en su caso. | 12.354,86 € |
| A cada hijo que tenga más de 30 años. | 37.064,58 € |
| A cada nieto, en su caso. | 9.266,14 € |
| A cada hermano que tenga más de 30 años. | 6.177,43 € |
| 3. Perjudicado único de su categoría | 25% |
| 4. Perjudicado único familiar | 25% |
| 5. Fallecimiento del progenitor único | |
| A cada hijo que tenga hasta 20 años | 50% |
| A cada hijo que tenga más de 20 años | 25% |
| 6. Fallecimiento de ambos progenitores en accidente: | |
| A cada hijo que tenga hasta 20 años | 70% |
| A cada hijo que tenga más de 20 años | 35% |
| 7. Fallecimiento del único hijo | 25% |
| 8. Fallecimiento de víctima embarazada con pérdida de feto: | |
| Si la pérdida tuvo lugar en las primeras 12 semanas de gestación | 18.532,29 € |
| Si la pérdida tuvo lugar a partir de las 12 semanas de gestación | 37.064,58 € |
| 9. Perjuicio Excepcional | Hasta 25% |
TABLA 1.B
Recurso de Alzada
Cabe destacar que, a pesar de la actualización, se mantiene abierto el recurso de alzada contra la resolución, permitiendo a los interesados impugnarla en el plazo de un mes. Esta medida garantiza la transparencia y la posibilidad de revisión de las decisiones administrativas.
Conclusión
La actualización de las indemnizaciones por accidentes de tráfico para 2024 representa un avance significativo en la protección de los derechos de los ciudadanos y la mejora de la seguridad vial. En la Escuela de Seguros Campus Asegurador, nos comprometemos a mantenerte informado sobre cualquier novedad del sector, así como a formar a profesionales del campo para ser capaces de abordar los desafíos legales y prácticos que surgen un ámbito tan cambiante como el de los seguros y la responsabilidad civil.
La Escuela de Seguros Campus Asegurador es una entidad certificadora de formación para distribuidores de seguros y está autorizada para impartir la formación de acceso al Nivel 1 de distribución de seguros por la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones (DGSFP).








