Curso Online de Distribuidor de Seguros Nivel 1
¿Quieres inscribirte como corredor de seguros en la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones (DGSFP)? Si es así, este artículo te interesa. Para realizar este proceso es necesario el cumplimiento de una serie de requisitos documentales establecidos por el Real Decreto-ley 3/2020. La solicitud de inscripción es un proceso meticuloso, pero garantiza la transparencia, la legalidad y la idoneidad de las entidades que desean ejercer la mediación en seguros y reaseguros.
Uno de los principales requisitos para poder obtener la autorización de la DGSFP para operar como corredor de seguros es estar en posesión del título de distribuidor de seguros de Nivel 1.
Desde la Escuela de Seguros Campus Asegurador, te detallaremos paso a paso cómo llevar a cabo este proceso y qué documentación es necesaria para completarlo con éxito.
Tabla de Contenidos
- 1 Ámbito de actuación
- 2 Estatutos Sociales y Forma Mercantil
- 3 Participaciones Significativas y Altos Cargos
- 4 Responsables de la Actividad de Distribución
- 5 Seguro de Responsabilidad Civil Profesional
- 6 Gestión de fondos y capacidad financiera
- 7 Programa de actividades
- 8 Programa de formación continua
- 9 Régimen de incompatibilidades
- 10 Tasa por inscripción
Ámbito de actuación
El primer paso de la solicitud, es que debe incluir una declaración del representante legal de la sociedad que acredite el ámbito territorial de operaciones en el que se pretende ejercer la actividad de correduría de seguros.
Como opción alternativa, se puede presentar la escritura de constitución que contenga los estatutos sociales, donde se especifique el domicilio social y el ámbito territorial de operaciones de la sociedad.
Estatutos Sociales y Forma Mercantil
El siguiente paso será aportar la escritura de constitución como sociedad mercantil o cooperativa, junto con las modificaciones posteriores, inscritas en el Registro Mercantil o de Cooperativas. Es muy importante asegurarse de que la denominación social no lleve a confusión con entidades aseguradoras y que el objeto social esté claramente definido como la realización de la actividad de correduría de seguros.
Participaciones Significativas y Altos Cargos
Es necesario que el representante legal presente una declaración relativa a los altos cargos y los socios con participación significativa en la entidad. Esto incluye la documentación que justifique la titularidad de las acciones y los acuerdos de nombramiento de altos cargos, así como también la identificación de las autoridades financieras supervisoras, en caso de aplicar.
Responsables de la Actividad de Distribución
La persona responsable de la actividad de distribución o el órgano de dirección responsable deben acreditar su honorabilidad comercial y profesional. Por otro lado, también deberá acreditar la superación de un curso de formación en materias financieras y de seguros privados. Esto se puede realizar mediante certificación del curso o el diploma de “Mediador de Seguros Titulado”. Actualmente el curso necesario para ser responsable de la actividad de distribución es el de distribuidor de seguros de Nivel 1.
Seguro de Responsabilidad Civil Profesional
Se debe presentar la póliza de seguro de responsabilidad civil profesional o cualquier otra garantía financiera, con cobertura adecuada según lo establecido en el artículo 157 del Real Decreto- ley 3/2020, así como el comprobante del pago de la póliza y el documento que acredite su vigencia.
Gestión de fondos y capacidad financiera
La entidad debe presentar una declaración firmada por su representante legal, indicando si:
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- No recibe fondos de clientes: Cuando se ha pactado que todos los pagos de la clientela se realizarán directamente a través de cuentas de las entidades aseguradoras y que las indemnizaciones se entregarán directamente por estas últimas a los beneficiarios.
- Si recibe fondos de clientes: La entidad debe declarar que dispone de cuentas separadas, conforme al artículo 136.4 del Real Decreto-Ley 3/2020. Se debe aportar un certificado de la entidad bancaria que acredite la titularidad de la cuenta a nombre del corredor de seguros, junto con una declaración del representante legal indicando que esa cuenta se utilizará exclusivamente para los fondos de los clientes.
Además, se debe especificar si se ofrece cobertura inmediata a los tomadores de seguros y, en caso contrario, acreditar una capacidad financiera mínima. El proceso puede iniciarse con la presentación de la solicitud de seguro o aval sellada por la entidad que brindará la garantía.
Programa de actividades
La solicitud debe incluir un programa detallado de actividades que especifique los ramos de seguro y la clase de riesgos en los que se proyecta mediar, la estructura organizativa, los mecanismos de resolución de conflictos y las previsiones financieras para los primeros tres ejercicios sociales.
Programa de formación continua
La solicitud de inscripción de corredor de seguros en la DGSFP también implica un compromiso de parte de la entidad solicitante en cuanto a la formación continua de su personal encargado de funciones relacionadas con la mediación de seguros. Según lo establecido en la Resolución de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones de 3 de junio de 2021 (publicada en el Boletín Oficial del Estado del 11 de junio de 2021), la entidad debe asegurar la implementación de un programa de formación continua que siga las directrices proporcionadas por la DGSFP. Este programa tiene como objetivo garantizar que el personal esté debidamente capacitado y actualizado en cuanto a las regulaciones y prácticas relevantes en el ámbito de la mediación de seguros, contribuyendo así a mantener altos estándares de profesionalismo y cumplimiento dentro de la industria.
Régimen de incompatibilidades
El representante legal debe declarar que la entidad no incurre en supuestos de incompatibilidad según lo establecido por la normativa.
Tasa por inscripción
Se debe abonar la tasa correspondiente por la inscripción en el Registro administrativo de distribuidores de seguros y reaseguros, conforme a lo establecido por la DGSFP.
En resumen, el proceso de solicitud de inscripción de corredor de seguros en la DGSFP implica la presentación de una amplia gama de documentación que garantiza el cumplimiento de los requisitos legales y regulatorios. Es fundamental cumplir con cada paso y proporcionar la información requerida de manera precisa y completa para obtener la aprobación y poder ejercer la actividad de correduría de seguros de manera legal y segura.
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